Gestionar recursos de manera eficaz, eficiente y aportando resultados de valor es el objetivo que cualquier área empresarial aspira a conseguir.
El 29 de octubre, Foment del Treball celebra esta jornada centrada en la idea “lo que no se mide no existe”, para abordar el concepto de la Huella de Salud y la importancia de disponer y utilizar los datos y métricas a nuestro alcance, saber cómo explotar esa información y poder desarrollar una estrategia de salud y bienestar laboral.
Abordaremos cómo transformar la salud desde el dato, de una forma práctica trabajaremos como medir la evolución de la estrategia en salud y bienestar y mapearemos la SST para la construcción de valor.
Para conseguir estos objetivos contaremos con nuestros asociados de Tradebe y John Deere en representación de nuestras Líneas de Trabajo de ODS y Salud Integral y el apoyo de Quirónprevención.
Además, realizaremos un taller práctico de la mano de Full Audit sobre el mapa de valor de la SSB para la construcción del valor.
Evento 100% presencial. No se emitirá por streaming.
El Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo IRSST de la Comunidad de Madrid convoca las subvenciones en materia de PRL dirigidas a la reducción de la siniestralidad laboral a través de las siguientes líneas:
Líneas de actuación
Línea 1: Gastos para la mejora de las condiciones de trabajo relacionadas con la seguridad en el trabajo, higiene industrial, ergonomía y psicosociología aplicada.
Línea 2: Gastos en sensibilización y formación preventiva.
Línea 3: Gastos en materia de seguridad vial laboral.
Línea 4: Gastos para la mejora de la organización y gestión preventiva.
Línea 6: Gastos para la promoción de la Salud en el Trabajo.
Beneficiarios
Personas físicas o jurídicas, siempre que tengan uno o varios trabajadores por cuenta ajena, tengan actividad económica en la Comunidad de Madrid y realicen los gastos o actividades objeto de subvención en centros de trabajo situados dentro del territorio de la Comunidad Autónoma.
En el caso de las personas físicas que ejerzan una actividad económica en los supuestos incluidos en el artículo 1 del Estatuto del Trabajo Autónomo, podrán ser beneficiarios de estas subvenciones den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena.
Excluidos
Las sociedades públicas y entidades de derecho público, así como cualquier empresa u organización en la que su participación sea mayoritaria.
Las empresas que tengan entre sus actividades el alquiler de material y equipos, para aquellos materiales y equipos que se vayan a destinar a su alquiler, comercialización o actividad económica.
Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado. No podrán obtener la condición de beneficiarios, los solicitantes en los que concurra alguna de las circunstancias previstas en la normativa de subvenciones.
Accede a la información y tramitación: Accede al enlaceque te ayudará a solicitar tus subvenciones. Si tienes dudas o quieres consultar tu caso puedes escribir a [email protected]
Fin de plazo: El plazo de presentación de solicitudes concluirá el 22 de noviembre de 2024.
Información normativa: El día 20 de septiembre de 2024 se publicó en el BOCM el extracto de la Orden de la Consejería de Economía, hacienda y Empleo, por la que se convocan estas subvenciones