¿Pueden las empresas obligar a los trabajadores a realizarse un test de antígenos?

antígenos

19/01/2022 | El retorno a las oficinas y puestos de trabajo tras las navidades se produce este año en medio de la sexta ola de contagios, la mayor hasta el momento con una incidencia acumulada de 3.397 casos por 100.000 habitantes en los últimos primeros 14 días del año.

Es por ello que muchas empresas deciden comenzar el año estableciendo pruebas de antígenos para sus trabajadores a la entrada de sus puestos de trabajo. Pero, ¿y si un trabajador se niega a realizarse la prueba? ¿Puede la empresa obligarle a hacérsela? ¿Qué jurisprudencia hay al respecto?

Desde PRLInnovación hemos planteado la situación a nuestro partner experto en cuestiones legales, y estas son sus conclusiones:

Carlos Robredo Jiménez-Ridruejo

Abogado y técnico superior de PRL

ajp

Del mismo modo que las empresas no pueden obligar a todos los trabajadores de forma indiscriminada a hacerse un test de alcohol o de drogas (salvo que se trate de las circunstancias reconocidas jurisprudencialmente) tampoco pueden obligarles a hacerse un test de antígenos o una PCR.

Partiendo de que la empresa no puede conocer los datos de salud de los trabajadores, en el caso de la COVID-19 está restringida su actuación a lo establecido en este sentido a lo que se prevé en el Procedimiento de Actuación para los Servicios de Prevención. Además, las instrucciones del Ministerio de Sanidad para la realización de pruebas diagnósticas de antígenos o PPCR en las empresas siguen en vigor y establecen que “No se recomienda la realización de ningún tipo de pruebas serológicas para el diagnóstico de infección activa ni en personas con síntomas ni en asintomáticos.”

Por lo tanto, de parte de la empresa está proveer un entorno de trabajo con las medidas preventivas que se prevén en la normativa vigente desde el año pasado (que sigue en vigor) y cumplir con el procedimiento de los Servicios de Prevención en relación con los contactos estrechos.

En cuanto a la vacunación, de acuerdo con la normativa actualmente vigente (salvo que por las características específicas del puesto el trabajador pueda generar un riesgo para los demás, como puede ocurrir en el ámbito sanitario) el empresario no puede obligar vacunarse del Covid-19 a sus trabajadores (ni ninguna otra salvo que la ley la establezca como obligatoria, lo que no es el caso). No siendo obligada la vacunación, ni estando autorizados a conocer datos de salud, tampoco pueden solicitar el certificado a los trabajadores.

Referencias

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